El Tribunal Supremo se ha pronunciado, en sentencia 386/2017, de 3 de mayo, sobre el cálculo de la indemnización por despido improcedente, suscitándose en el litigio la cuestión de si ciertas cantidades que eran abonadas al trabajador, forman parte o no de su salario a los efectos de calcular la correspondiente indemnización por despido.
El Tribunal Supremo declara la “naturaleza salarial” de los importes abonados por las empresas en concepto de primas de seguro de vida y de seguro médico, así como las aportaciones empresariales a planes de jubilación, y concluye que dichas cantidades también deben formar parte del salario regulador de las indemnizaciones por despido.
Acceda aquí al contenido íntegro de la Sentencia.