Para poder determinar que tipo de Estatutos sociales son los más indicados para nuestra empresa familiar, debemos atender a las características particulares de la organización, regulando específicamente las acciones o participaciones sociales, los derechos de los socios, los órganos sociales, exclusión y separación de socios, y la disolución o liquidación de la sociedad.
La imposibilidad o inconveniencia de no poder incluir en los Estatutos determinados compromisos esenciales, conlleva la necesidad de optar por vías extraestaturias; es el caso del protocolo familiar y los pactos de sindicación de acciones o participaciones, que desarrollaremos en posteriores artículos.
Por nuestra experiencia en el área, recomendamos que toda empresa familiar haya introducido estos salvavidas desde sus inicios, evitando su incorporación a raíz de un conflicto interno, ya que el desarrollo del mismo solo motiva mayores problemas; se debe desarrollar cuando todas las partes confían en el avance de la empresa.
El objetivo principal de estas sociedades, con base en las empresas familiares que hemos ido conociendo, es mantener el control del Capital Social. Para ello, y tratando de evitar la entrada de terceros, se busca restringir la transmisión del capital social y de los derechos de suscripción. Realmente, es prácticamente imposible restringir la transmisión:
Durante los primeros años, tanto en SA como en SL, existe la posibilidad de restringir la transmisión durante un plazo inicial, a contar desde la constitución, de dos años en la primera y de cinco años en la segunda sociedad e incluso indefinido se recoge el derecho de separación en SL.
También hay que tener en cuenta la existencia de sociedades de gananciales titulares de acciones o participaciones, ya que en caso de extinguirse esta por cualquier motivo, no se produce propiamente una transmisión, sino un mero acto declarativo. Por ello, nuestra legislación permite que se prevea estatutariamente esta situación y permita a los socios mantener las acciones bajo el ámbito familiar (p.e. adquisición preferente).
Como hemos dicho, es importante no restar importancia a la forma de estructurar una sociedad familiar, ya que aunque hoy pensemos que a nosotros nos va a ir bien, este pensamiento ha sido compartido por otras empresas del mismo tipo que se han visto bloqueadas por las decisiones más insignificantes. Una buena base y gestión de anticipada de posibles conflictos, sin duda, ayudará en el futuro a nuestra empresa a seguir avanzando.
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